Resumen: Negligencia médica. El paciente, con síndrome ansioso-depresivo y en tratamiento, presentó varios cuadros de fuga e ideas autolíticas, ingresandolo en el centro médico, del que salió y desapareció. En el centro médico, según el estado del paciente, existían 4 modalidades de estancia. La sentencia de instancia estima que la negligencia del médico fue concurrente con la del centro. El médico porque debió adoptar un régimen de ingreso con mayor vigilancia y control, el centro médico porque no cumplió con su deber de custodia. La sentencia de instancia mantiene la condena del centro médico y absuelve al médico.
Resumen: PRIMERO.- Objeto del recurso; resolución recurrida.
Resumen: La Administración educativa denegó la modificación del Plan de Estudios solicitada por la Universidad Internacional ISABEL I DE CASTILLA, entidad actora, conducente al título de Graduado en Educación Primaria; y ello a la vista de los informes emitidos por los órganos técnicos de evaluación. La sentencia analiza los diferentes motivos de impugnación, entre ellos la concesión por silencio administrativo positivo que resultaría, según la recurrente, de la literalidad del artículo 28 del referido Real Decreto, y que es rechazada sin embargo por la Sala. También examina la existencia de las irregularidades procedimentales denunciadas por la Universidad y concluye que no se ha producido la preceptiva intervención de la Comisión de Garantías, con la que se persigue que la pretensión de la Universidad sea examinada por otros órganos técnicos que no hayan conocido con anterioridad de la solicitud de modificación del plan de estudios, con el fin de dotar de mayores garantías de objetividad e imparcialidad a la decisión. Entiende la Audiencia que su ausencia vicia de nulidad el informe posterior que ha sido la base jurídica de la resolución administrativa impugnada, por lo que estima parcialmente el recurso y ordena la retroacción de actuaciones a fin de que se pronuncie la citada Comisión de Garantías.